martes

Presentación

Me gustaría empezar este blog con una breve presentación, tanto mía como del tema.
Me llamo Paz, tengo 20 años y soy una estudiante de Relaciones Laborales y Recursos Humanos.




He escogido Nacionalidad y Extranjería como tema, porque me parece muy interesante el debate que se genera sobre ello, y porque podemos observar que la migración está a la orden del día. También porque quiero y espero desmontar muchos mitos que se generan sobre los inmigrantes que llegan a España en busca de una mejor calidad de vida.
¿Son los inmigrantes todos iguales? ¿Vienen a robar el trabajo a los españoles?




lunes

¿Qué conocimientos tenemos sobre la nacionalidad y extranjería?

Para empezar a hablar de los conceptos que se tiene sobre la palabra ''nacionalidad'' y ''extranjería'', podríamos echar un poco la vista atrás y ponerla sobre el Derecho Romano, que afirma que son dos palabras que están relacionadas entre sí, ya que, antiguamente, los ciudadanos nacidos dentro de un determinado territorio y las personas extranjeras que habitaban en él acataban el mismo conjunto de normas y era el Estado quien tenía el deber de protegerlos, tanto al nacional como al extranjero. Aún así, las personas extranjeras no podían ser partícipes de ciertos temas como por ejemplo: la elección de un gobierno.
Este concepto no difiere mucho de la realidad actual, pero... cuando decimos que alguien es nacional o que alguien es extranjero, ¿en qué nos basamos?

En el caso de España y según el Artículo 17 del Código Civil expuesto en el Real Decreto del 24 de julio de 1889:


1. Son españoles de origen:

a) Los nacidos de padre o madre españoles.
b) Los nacidos en España de padres extranjeros si, al menos, uno de ellos, hubiera nacido también en España. Se exceptúan los hijos de funcionario diplomático o consular acreditado en España.
c) Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.


d) Los nacidos en España cuya filiación no resulte determinada. A estos efectos, se presumen nacidos en territorio español los menores de edad cuyo primer lugar conocido de estancia sea territorio español.




Es sabido que los movimientos migratorios han existido desde siempre a lo largo de la historia. Pero actualmente, se puede observar una oleada de gente migrante en busca de una mejor calidad de vida.
Es importante mencionar aquí, que debido a este fenómeno migratorio, muchas de las personas que llegan a España, vienen sin los documentos en regla, pero al cabo de unos años y con una serie de requisitos, existe la posibilidad de adquirir la nacionalidad española o el permiso de residencia temporal o permanente.






Actualmente, dentro de la correlación entre nacionalidad y extranjería, el Derecho Internacional menciona que ''la nacionalidad efectiva exige ciertos requisitos como: la residencia habitual ininterrumpida, los vínculos familiares o el centro de intereses de un individuo entre otros posibles''.





En entradas posteriores se ampliará información.

sábado

La extranjería en España

Como se ha mencionado anteriormente, los movimientos migratorios han existido a lo largo de toda la historia.
En ciertos periodos históricos, a España le ha tocado ser un país con un porcentaje alto de emigrantes (véase, por ejemplo, en el periodo de la Guerra Civil). Pero en los tiempos que corren, España es uno de los países de Europa que más inmigrantes recibe por año, concretamente el segundo país después de Alemania, según el INE (Instituto Nacional de Estadística).





Si vamos a hablar de legalidades, es muy bajo el porcentaje de inmigrantes que residen sin permiso de residencia y trabajo en España, y, por tanto, se encuentran dentro del grupo más débil. Esta debilidad se debe a que, sin la documentación requerida no pueden vivir ni trabajar legalmente dentro del territorio, y, por tanto, no pueden hacer frente a todas las dificultades que se presentan (manutención, educación, vivienda, etc.). Pero… ¿Qué requisitos tiene que cumplir una persona inmigrante dentro de España para poder residir y trabajar legalmente?
Existe la posibilidad de adquirir un permiso de residencia, que puede ser temporal o permanente. Para obtener uno de los dos tipos, son necesarios varios requisitos, dependiendo de la situación de cada persona. También es posible obtener la nacionalidad española, pero la dificultad y los trámites, al igual que los requisitos, son mayores.


''La inmigración en España procede principalmente de Marruecos, el 11,91%, Rumanía, el 11,00% y Ecuador, el 7,09%''.


La posibilidad de adquirir la nacionalidad española también depende del país de procedencia de la persona solicitante, ya que en algunos casos, puedes tener la nacionalidad española conservando la de tu país de origen y así tener la doble nacionalidad, y en otros casos, debes renunciar a tu nacionalidad de origen para poder obtener la española.

No se puede negar que la migración irá aumentando con el paso del tiempo debido a que la globalización es cada vez mayor. Y por tanto, es necesario que las personas conozcan los derechos que tienen dentro del país en el que se hallan.

Hablemos de la doble nacionalidad...





  • Cuando eres hijo o hija de un matrimonio en el que uno de los progenitores es español y el otro es de otra nacionalidad.
  • Cuando siendo español o española adquieres después otra nacionalidad sin perder la española en virtud de convenios de doble nacionalidad entre España y otros países.










Como ya es sabido, hay países que tienen convenios con España, en los cuales se establece si una persona puede tener doble nacionalidad o no.




No es necesario que renuncien a su nacionalidad quienes fueran naturales de países iberoamericanos, de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal. Se consideran países iberoamericanos a estos efectos aquéllos en los que el español o el portugués sean una de las lenguas oficiales.
A efectos de adquirir la doble nacionalidad Haití, Jamaica, Trinidad y Tobago y Guyana no se consideran iberoamericanos mientras que Puerto Rico sí se considera iberoamericano.
Para que quede más claro, si quieres obtener la nacionalidad española, y no encuentras tu país en esta lista, probablemente tengas que renunciar a tu nacionalidad para obtener la española:



  •  Andorra
  •  Argentina
  •  Bolivia
  •  Brasil
  •  Chile
  •  Colombia
  •  Costa Rica
  •  Cuba
  •  República Dominicana
  •  Guinea Ecuatorial
  •  Ecuador
  •  Filipinas
  •  Guatemala
  •  Honduras
  •  México
  •  Nicaragua
  •  Panamá
  •  Paraguay
  •  Perú
  •  Portugal
  •  Puerto Rico
  •  El Salvador
  •  Uruguay
  •  Venezuela

Permiso de residencia

¿Qué es un permiso de residencia?
Un permiso de Residencia es un documento y una manera de acreditar que siendo extranjero, vives legalmente en una región. Puede ser temporal o permanente.



¿Cuáles son los documentos requeridos para obtener un permiso de residencia en España?

  • Pasaporte vigente. Original y copia.
  • 3 fotografías recientes tipo pasaporte con tu nombre escrito claramente en el reverso.
  • Plantilla de solicitud debidamente cumplimentada. Original y tres copias.
¿Qué es el permiso de residencia temporal?
Es la situación que autoriza permanecer en España por un periodo superior a 90 días e inferior a 5 años.
Una vez que el permiso caduque, el interesado puede solicitar una renovación del permiso, aunque la garantía de que se lo concedan no es siempre favorable.

¿Cuáles son los requisitos para obtener el permiso de residencia no lucrativa?
  1. '' No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  2. No encontrarse irregularmente en territorio español.
  3. En el caso de que el solicitante sea mayor de edad penal, carecer de antecedentes penales en España y en los países anteriores donde haya residido durante los últimos cinco años, por delitos previstos en el ordenamiento español.
  4. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  5. Contar con medios económicos suficientes para atender sus gastos de estancia y regreso y los de su familia, durante el período de tiempo por el que se desee residir en España y sin necesidad de desarrollar ninguna actividad laboral o profesional.
  6. Contar con un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
  7. No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al acogerse a un programa de retorno voluntario.
  8. No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
  9. Haber abonado la tasa legalmente establecida''.
En entradas posteriores se hará una ampliación de la información.